Desgraciadamente hace unos días pudimos ver como un gigantesco incendio arrasaba completamente dos bloque de viviendas en Valencia, dejando a su paso 10 victimas mortales,una autentica tragedia, así como dos bloques en estado ruinoso.
Desde futuseguros queremos expresar nuestro mas sentido pésame a las familias de los fallecidos.
¿Cómo cubre una aseguradora un incendio como el de Valencia?
En este caso hay que distinguir al menos dos tipos de daños y dos tipos de seguros distintos, en cuanto a la edificación se refiere:
-Intervienen por un lado los seguros de cada vivienda, es decir, el seguro de hogar, si se incluye continente y contenido, se reparara tanto la edificación ( paredes, etc) como los elementos que haya en el interior ( mobiliario, etc).
-Por otro lado, también entra en la ecuación el seguro comunitario ( el que protege la comunidad, es decir, el edificio y zonas comunes), que cubre tanto la edificación como elementos del contenido, si es que esta asegurado continente y contenido.
En cuanto a los daños, se activaría la cobertura de daños por fuego (el seguro contra incendios es la cobertura mínima en seguros de hogar) para lo que haya resultado quemado y la cobertura de daños por humo para reparar los desperfectos en edificios cercanos, afectado por este, ambas suelen ser coberturas basicas tanto en seguros comunitarios como en seguros de hogar.
También pueden activarse coberturas como la inhabitabilidad de la vivienda, que indemniza abonando el importe de un hotel o similar mientras se hace habitable la vivienda, hasta el limite de la póliza de seguro.
Otra cobertura que podría activarse seria la perdida de rentas en el caso de locales comerciales, o viviendas que estuvieran alquiladas y tuvieran esta cobertura en su póliza.
A parte del daño material, también actuarían seguros personales en el caso de personas que hayan fallecido y mantuvieran un seguro de vida.
¿Qué ocurre si estoy de alquiler y se incendia mi casa?
En estos casos, si el inquilino no tiene seguro, en un principio no tendría derecho a reparación alguna, si es el propietario de la vivienda quien a contratado el seguro es a el a quien le pertenece la indemnización incluso por el contenido de la vivienda aunque fuese propiedad del inquilino el contenido de la casa.
Existe otro riesgo no menos grave, si un inquilino involuntariamente acaba incendiando su vivienda y prendiendo fuego a otras del edificio, deberá responder por la responsabilidad que tiene en los daños generados, si no tiene un seguro que corra con esa responsabilidad deberá hacerlo de su bolsillo, pudiendo acarrearle graves problemas legales si no tiene capacidad económica para ello.
Desde futurseguros te recomendamos que si vives de alquiler contrates al menos un seguro para proteger el contenido de tu vivienda, o en el mejor de los casos ponte de acuerdo con tu casero y contratad un seguro completo para la vivienda, por una cantidad mínima al año podréis evitar una desgracia.